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Está aquí: Home / Medio ambiente / Medio Ambiente / La Comisión pide a los Estados miembros que faciliten información importante para la lucha contra el cambio climático

           

La Comisión pide a los Estados miembros que faciliten información importante para la lucha contra el cambio climático

16/10/2006

Stavros Dimas, Comisario de Medio Ambiente, ha declarado lo siguiente: “Contar con información fidedigna de los Estados miembros es una parte esencial de nuestros esfuerzos por ganar la batalla al cambio climático. Espero que los Estados miembros apercibidos presenten cuanto antes sus planes nacionales de asignación de la segunda fase y toda la información que falta. Para conferir seguridad al mercado del comercio de emisiones es importante que los procesos nacionales de asignación se ultimen mucho antes del inicio del siguiente período de comercio en enero de 2008”.

Informe sobre las políticas y medidas aplicadas y sobre las proyecciones de emisión

La Comisión llevará a Luxemburgo ante el Tribunal de Justicia Europeo por no haber comunicado las políticas y medidas que aplica para luchar contra el cambio climático ni sus proyecciones sobre las futuras emisiones de gases de efecto invernadero.

Es preciso que los Estados miembros faciliten esta información para que la Comisión pueda evaluar los progresos realizados y previstos a nivel comunitario con respecto a los objetivos de emisión del protocolo de Kioto. Con arreglo a lo dispuesto en la Decisión de la UE relativa a un mecanismo para el seguimiento de las emisiones de gases de efecto invernadero[1], los Estados miembros debían proporcionar esta información antes del 15 de marzo de 2005. Pese a los requerimientos de la Comisión, Luxemburgo no lo ha hecho y, por este motivo, la Comisión ha decidido recurrir al Tribunal.

Informes relativos a las cantidades atribuidas

Siete Estados miembros no han comunicado el conjunto de importantes datos técnicos necesarios para calcular su volumen de emisiones autorizado en toneladas, es decir, su cantidad atribuida, de acuerdo con el Protocolo de Kioto[2].

De conformidad con una Decisión de la Comisión[3] relativa a un mecanismo para el seguimiento de las emisiones de gases de efecto invernadero, los Estados miembros de la EU-15 debían transmitir esta información antes del 15 de enero de 2006 y los Estados miembros de la EU-10, antes del 15 de junio de 2006.

Francia, Estonia, Grecia, Lituania y Polonia recibirán las primeras cartas de emplazamiento. Alemania y Luxemburgo ya las recibieron en abril de 2006 y recibirán ahora un último apercibimiento.

En sus informes sobre las cantidades atribuidas, los Estados miembros debían comunicar, entre otras cosas, sus emisiones anuales de gases de efecto invernadero y las fuentes de estas emisiones desde su año de referencia (el año elegido para medir la evolución de sus emisiones de gases fluorados) y proponer la cantidad que se les debería atribuir sobre la base de las metodologías establecidas en el Protocolo de Kioto.

Planes nacionales de asignación

La Comisión está enviando las primeras cartas de apercibimiento a ocho Estados miembros que no han presentado aún sus planes nacionales de asignación (PNA) para el segundo período del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE. El plazo de presentación, fijado en la Directiva sobre comercio de emisiones[4], finalizó el 30 de junio de 2006.

Los Estados miembros en cuestión son Austria, Dinamarca, Eslovenia, España, Hungría, Italia, Portugal y República Checa. Se sabe que estos Estados miembros están elaborando sus PNA, pero todavía no los han enviado a la Comisión.

En los PNA, los Gobiernos fijan la cantidad total de derechos de emisión, estableciendo un límite máximo de emisión, y los asignan a las diferentes instalaciones cubiertas por el régimen del comercio de emisiones. Debido a este límite máximo, los PNA correspondientes a 2008-2012 constituyen un elemento importante de las estrategias de los Estados miembros para alcanzar sus objetivos de emisión en el marco del Protocolo de Kioto, objetivos que hay que cumplir durante este período.

Una vez que los Estados miembros presentan sus PNA completos, la Comisión dispone de tres meses para evaluarlos. Para la Comisión resulta especialmente prioritario pronunciarse sobre todos los PNA antes de que finalice el presente año, de modo que las condiciones del comercio de emisiones para el período 2008-2012 queden establecidas y los operadores del mercado puedan conocerlas con suficiente antelación antes de que se inicie el siguiente período de comercio el 1 de enero de 2008. Por ello, es imprescindible que los Estados miembros que todavía no lo hayan hecho presenten sus PNA cuanto antes.

Procedimiento

En virtud del artículo 226 del Tratado, la Comisión puede emprender acciones legales contra el Estado miembro que incumpla sus obligaciones.

Si la Comisión considera que puede haber una infracción de la legislación comunitaria que justifica la apertura de un procedimiento de infracción, dirige una «carta de emplazamiento» (primer apercibimiento por escrito) al Estado miembro afectado, en la que se le solicita que presente sus observaciones en un plazo determinado, generalmente de dos meses.

Habida cuenta de la respuesta o ausencia de la misma del Estado miembro en cuestión, la Comisión puede decidir enviar un «dictamen motivado» (último apercibimiento por escrito) al Estado miembro. En éste se establecen clara y definitivamente los motivos por los que la Comisión considera que se ha infringido el Derecho comunitario y se insta al Estado miembro a remediar la situación en un plazo determinado, que normalmente es de dos meses.

Si el Estado miembro no cumple lo exigido por el dictamen motivado, la Comisión tiene la posibilidad de recurrir al Tribunal de Justicia. Si el Tribunal de Justicia dictamina que se ha infringido el Tratado, se exige al Estado miembro infractor que adopte las medidas necesarias para remediar la situación.

Para consultar las estadísticas más recientes sobre infracciones en general y las sentencias del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, véase:

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