La Comisión Europea ha elaborado un nuevo reglamento sobre la media de los precios del cerdo sacrificado (Reglamento nº1128/2006). Se trata de una codificación del anterior (Reglamento nº3537/89), el cual ha venido sufriendo sucesivas modificaciones. Con el nuevo reglamento se busca tener una mayor racionalidad y claridad.
En consecuencia, el precio comunitario de mercado del cerdo sacrificado se determinará a partir de los precios de entrada en el matadero, sin el impuesto sobre el valor añadido, pagados a los proveedores de cerdos vivos. Incluirán el valor de los despojos sin transformar y se expresarán por 100 kilogramos de canales oreadas de cerdo, pesada y clasificada en el gancho del matadero, y habiendo convertido el peso registrado en peso de canal oreada según los métodos comunitarios.
El precio de mercado del cerdo sacrificado de un Estado miembro será igual a la media de las cotizaciones del cerdo sacrificado registradas en los mercados o centros de cotización de dicho Estado miembro. En el caso de España se consideran mercados representativos, los centros de cotización de Ebro, Mercolleida, Campillos, Segovia, Segura, Silleda y los grupo de mercados de Murcia, Málaga, Barcelona, Huesca, Burgos, Lleida, Navarra, Pontevedra, Segovia, Ciudad Real.
El precio se determinará mediante las cotizaciones establecidas para las canales de un peso de:
— 60 a menos de 120 kilogramos de la clase E,
— 120 a menos de 180 kilogramos de la clase R.
La elección de las categorías de peso, así como su eventual ponderación, se dejará al Estado miembro, quien tendrá que informar de ello a la Comisión.
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