Mañana entran en vigor los nuevos porcentajes de compensación del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca (REAGP) del IVA. Se trata de una noticia muy esperada en el sector, fruto del Acuerdo sobre Carburantes firmado el pasado 7 de diciembre de 2005, entre los Ministerios de Economía y Hacienda, Agricultura, Pesca y Alimentación, y las Organizaciones Profesionales Agrarias, COAG y UPA. Esta Ley se ha publicado en el BOE de hoy, 30 de marzo de 2006, como Ley 4/2006.
Respecto a los contenidos de esta Ley por lo que se refiere al IVA, hay que destacar la modificación de la compensación a tanto alzado aplicable en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del IVA. Se incrementa del 8 al 9 por 100, y del 7 al 7,5 por 100, respectivamente, la compensación en las entregas de productos naturales obtenidos en explotaciones agrícolas o forestales y en los servicios de carácter accesorio de dichas explotaciones, y las entregas de productos naturales obtenidos en explotaciones ganaderas o pesqueras y en los servicios de carácter accesorio de dichas explotaciones.
La Ley entrará en vigor mañana, por lo que los recibos que se emitan desde el 31 de marzo de 2006, incluido este día, deben incorporar los nuevos porcentajes. Por otro lado, los recibos emitidos con anterioridad, correspondientes a entregas realizadas desde el 1 de enero del mismo año, que incluían los porcentajes del 8 y 7 por 100, deberán ser corregidos. De igual forma, la corrección afecta a las autoliquidaciones para Cooperativas u otros adquirentes de los productos y servicios agrarios o ganaderos, cuya declaración del impuesto sea mensual, para los meses de enero y febrero de 2006.
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