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Primera valoración de la propuesta de aplicación del MAPA para la Reforma de la OCM del olivar por ASAJA Andalucía (Córdoba, 30 de Noviembre de 2004)

02/12/2004

JUSTIFICACIÓN.-

La aprobación el pasado mes de abril de la Reglamentación Comunitaria que regula todo lo concerniente al sector del olivar, ha dejado a este cultivo en Andalucía en una situación muy vulnerable, Andalucía ha sufrido numerosos varapalos con esta Reforma en aquellos aspectos regulados por Bruselas.

La reforma de la OCM del aceite de oliva de 1998 estableció un periodo transitorio hasta 2001 para poder disponer de unos datos fiables del sector. Este periodo se prolongó posteriormente hasta 2004 por la misma razón. En la actualidad ya se disponía de datos suficientemente fiables para evaluar el efecto de la reforma de 1998 sobre el conjunto del sector oleícola europeo.

Sin embargo, dichos datos no han sido aprovechados para la negociación de esta Reforma y corregir de esta manera los desequilibrios puestos de manifiesto entre los países productores. En síntesis, se puede afirmar que el periodo transitorio establecido en la reforma de 1998 ha puesto de manifiesto que las CNGs no estaban ajustadas a la realidad productiva en España, como consecuencia del periodo de sequía sufrida en nuestro país, que dio lugar a bajas producciones, y que no se tuvieron en cuenta para el cálculo de las CNGs en 1998. Prueba de ello es que desde el 98 hasta la fecha (periodo transitorio), la penalización media fue de un 30,5% en España, de un 10% en Italia y de un 13,5% en Grecia, mientras que en Francia y Portugal no existieron penalizaciones. En consecuencia, el olivar español y andaluz queda perjudicado gravemente, así como el mantenimiento de la población y la actividad rural.

La Reforma aprobada ha sellado, consolidado y acrecentado injustamente estas diferencias, pues en concreto países como Portugal y Francia incrementan su presupuesto en 19 millones de euros (incremento de 28,04%) y 1 millón de euros (incremento de 22,94%) respectivamente, reconociendo discriminatoriamente con respecto a ellas exclusivamente el compromiso adquirido en el año 98 de regularizar las cantidades realmente producidas en cada Estado Miembro. Sin embargo España sólo ha incrementado su ficha presupuestaria en 20 millones de euros (incremento de 1,99%), dinero que procede del ahorro presupuestario que la Unión Europea tiene en este sector, por lo que podemos asegurar que la Unión Europea no ha incrementado su apoyo al sector del aceite de oliva. Además Italia y Grecia han conseguido su objetivo final, que era consolidar su situación con todas las sospechas sobre la realidad productiva de esos países, recibiendo más ayuda por hectárea un olivarero italiano en el nuevo sistema de pago único que la que va recibir un olivarero español. Por tanto España ha sido gravemente agraviada en el aspecto presupuestario y en el cumplimiento de los compromisos de la Reforma del 98, dado que vulnera lo dispuesto en el preámbulo de los Reglamentos 1638/98 y 1513/01 donde se recogía la necesidad de disponer de información más fiable sobre el número de olivos, hectáreas y olivareros.

Todos los partidos políticos, organizaciones agrarias, cooperativas, agentes sociales y el mismo Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía cifraron la necesidad de incrementar el presupuesto nacional entre 150 y 200 millones de euros para adecuarlo a nuestra producción real.

Tras la aprobación de la Reforma, el Presidente de Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero se comprometió a aprobar un urgente plan de reactivación económica y social para las zonas más afectadas por la reforma del sector.

El Reglamento(CE)1782/2003 del consejo en su anexo VI se recoge la relación de sectores a los que se aplica el Régimen de Pago Único y, por otra parte, en el Anexo VIII se determinan los límites máximos presupuestarios nacionales, calculados como la suma de los importes de referencia de cada Estado miembro en el período 2000-2002.

Debemos evidenciar cómo Andalucía –que gracias a sus producciones del período 2000-2001 al 2002-2003 ha generado para España el 84% del presupuesto-, solo podría llegar a recibir- con toda la ayuda desacoplada aproximadamente el 81% del presupuesto, suponiendo una perdida de 41 millones de Euros todos los años para los olivareros andaluces.

Destacar que Andalucía ha sufrido ya una importante pérdida económica con esta nueva OCM, valorada en unos 35 millones de Euros al introducir la campaña 1999/2000 como campaña de referencia para el cálculo de los importes de referencia. A esto se une que el Reglamento del Consejo donde se define la fórmula de cálculo de la ayuda desacoplada, para la campaña 2002 se toma la ayuda anticipada, que suele ser un 10% inferior a la definitiva, lo que significa una reducción de ingresos adicionales de 13,5 millones de € para nuestra Comunidad Autónoma.

El sistema de ayuda que se determine debe garantizar que cada olivarero reciba al menos el mismo importe que el que haya percibido como media del período de referencia, preservando así el nivel de ingresos de las familias olivareras de Andalucía. Del mismo modo, debe garantizarse para Andalucía una dotación presupuestaria en concepto de ayuda para sus olivareros en igual proporción a su producción obtenida en el período de referencia. De este modo se debe garantizar que más allá de las pérdidas que ha supuesto para Andalucía la incorporación de la campaña 99/2000 en el período de referencia, no salga ni un solo euro adicional.

ANÁLISIS Y VALORACIÓN DE LA PROPUESTA.-

1º.- La propuesta que nos ha sido entregada el pasado 26 de Noviembre por la Consejería de Agricultura, mejora el escenario inicial y supone un avance significativo en conseguir la neutralidad presupuestaria para Andalucía. Aunque se solicitaba el nivel máximo de desacoplamiento, la propuesta sin alcanzar ese objetivo avanza mucho en el mismo, siendo una propuesta de mínimos aceptable, desde la que partir.

No hay que olvidar que Andalucía ha sufrido ya una importante pérdida económica valorada en unos 35 millones de euros, al introducir la campaña 1999-2000 como campaña de referencia para el cálculo del pago único. A esto se une que el Reglamento del Consejo, donde se define la fórmula de cálculo de la ayuda desacoplada, para la campaña 2002, toma la ayuda anticipada que suele ser un 10% inferior a la definitiva, lo que significa una reducción de ingresos adicionales de 13,5 millones de euros para Andalucía.

Además, de esta propuesta, se desprende, que si bien Andalucía logra mantener en la ayuda desacoplada el 81,2 (755.8 millones de euros) de la producción nacional de aceite de oliva, no se consigue lo mismo en la parte de ayuda acoplada (103,14 millones de euros), donde al ser una ayuda lineal por hectárea, Andalucía solo recibe el 66,38% (68,47 millones de euros), perdiendo Andalucía 15.3 millones de euros y no alcanzando en ningún caso el 84% que le corresponde de acuerdo a su producción para el trienio 2000-2002

2º.- Se incumple el compromiso de la Ministra de Agricultura (refrendado por la totalidad de Grupos Parlamentarios de Andalucía) de garantizar que cada olivarero recibiría, al menos, el mismo importe que hubiera percibido como media en el periodo de referencia, y ello, originado por la “nueva modulación” propuesta por el Gobierno para aquellos olivareros que superan los 20.000 euros de ayuda desacoplada generada por el olivar. Modulación de dudosa legalidad, que estudiaremos.

3º.- Falta el compromiso firme de las Administraciones Central y Autonómica (refrendado por la totalidad de Grupos Parlamentarios de Andalucía) de apoyar decididamente al olivar de baja producción, altos costes, aceituna de mesa y al olivar con derecho a ayuda sin cupo histórico. Para ello, se deberá contar con los fondos de desarrollo rural (programas de ayudas agroambientales), aprovechando la mayor dotación presupuestaria, tanto por el mayor desarrollo de éstos como por la incorporación presupuestaria para estos fines de los fondos recaudados de la modulación comunitaria (artículo 10, Reglamento 1782/2003). Asimismo, estas medidas se deberán de dotar con fondos adicionales si fuese necesario

4º.- Dado el nivel de ayudas que finalmente se va a asignar a los olivareros andaluces, exigimos que no se detraiga ningún fondo adicional más a los olivareros al amparo de lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento 1782/2003 (Organizaciones de Operadores).

5º.- Además, de todo lo anterior, y muy directamente relacionado con la Reforma de la OCM del Olivar, dado que es de aplicación para todos los sectores, exigimos que no se detraigan fondos adicionales correspondientes a la aplicación del artículo 69 del Reglamento 1782/2003. Y que se haga un uso riguroso, previo estudio de las necesidades reales de la nueva Reforma, para la detracción de fondos con destino a dotar la Reserva Nacional.

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