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El Consejo aprueba el Plan de Acción Europeo sobre la agricultura biológica (orgánica o ecológica)

20/10/2004

El Consejo Europeo ha adoptado el documento sobre el Plan de Acción sobre la Agricultura Orgánica (biológica o ecológica), asumiendo las conclusiones del informe de la siguiente manera:

1. El Consejo da la bienvenida a la comunicación de Comisión de junio de 2004 sobre un Plan de Acción Europeo sobre la Agricultura y los Alimentos Orgánicos como un paso importante en la realización de una política de conjunto para toda la cadena de este tipo de alimentos, que abarque la producción, transformación y distribución.

2. El Consejo comparte plenamente el análisis de la Comisión sobre el desarrollo del sector orgánico de la UE.

3. El Consejo apoya, en general, las 21 acciones propuestas, entendiendo que su rápida puesta en práctica puede contribuir a la eliminación de los obstáculos existentes para el crecimiento del sector, ayudando a su fortalecimiento y expansión.

Estas acciones se concentran en los siguientes ejes:

– El mercado de alimentos orgánicos.
– La política pública y la agricultura orgánica
– Inspecciones y legislación

4. El Consejo subraya la importancia de las siguientes líneas de actuación, que deben ser rápidamente puestas en práctica.

– Incrementar la información pública y el conocimiento del consumidor.

– Una campaña que incluya el logotipo de la UE.

– Mejorar la recolección y los análisis de datos estadísticos relevantes sobre el sector “bio” de la UE, desde la producción al comercio; así como estudiar la competitividad del sector.

– Optimizar la integración del cultivo orgánico en los programas de desarrollo rural.

– Reforzar la investigación sobre la producción orgánica, así como sobre los métodos de transformación, procesamiento y marketing.

– Definir los principios básicos de la producción orgánica, tanto en el contexto del reglamento 2092/91, como en las normas internacionales, como el Codex Alimentarius de la FAO y la OMS.

– Completar y armonizar las reglas de la producción orgánica.

– Aclarar los asuntos relacionados con la presencia adventicia de OMG

– Adaptar las actuales reglas de inspección y mejorar la cooperación entre cuerpos de inspección, incorporando medidas que reduzcan la burocracia y aseguren la trazabilidad del producto.

– Implementar medidas para facilitar el comercio y el acceso al mercado de países terceros, en particular para los alimentos “bio” producidos en países en desarrollo, incluyendo una mejora de las reglas de equivalencia de estos productos.

5. De cara a la puesta en marcha de estas acciones, los Estados Miembros dentro de sus competencias deberán:

– Coordinar las campañas que a escala comunitaria inicie la Comisión Europea, así como otras actividades relevantes a nivel nacional o regional, utilizando la cooperación con los operadores más importantes del sector.

– Fomentar el conocimiento del logotipo comunitario, sin excluir el uso de otros logotipos

– Reforzar los medios para la recogida y análisis de los datos, evitando gastos y cargas administrativos innecesarios para los operadores económicos y las autoridades públicas.

– Asegurar que la producción orgánica es una parte esencial de la política agraria común y de la política de desarrollo rural.

– Dar a la agricultura orgánica la consideración de instrumento para el progreso de zonas rurales como una producción de valor añadido.

– Mejorar la coordinación y la cooperación en investigación y divulgación de sus resultados;

– Examinar la legislación que afecta a la producción orgánica, teniendo en cuenta una definición de los principios básicos que vayan en la dirección de apoyar la armonización de las normas y aumentar la concreción de las mismas.

– Desarrollar un marco legislativo que asegure el libre comercio de productos “bio”.

– Corregir el anexo del reglamento 2092/91 antes de las 1 julio 2005, para adaptarlo a las nuevas condiciones de inspección contempladas en el reglamento 392/2004 y desarrollar los procedimientos del nuevo sistema de inspección. Asegurandose de que el nuevo sistema es conocido por el sector antes de la expiración de la derogación actual.

El Consejo invita a la Comisión a que ponga en marcha el Plan de Acción, a ser posible durante 2005, con medidas concretas con el criterio de garantizar la simplificación y la coherencia del conjunto.

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