La Comisión Europea, siguiendo las directrices comunitarias de ir estableciendo progresivamente límites máximos de residuos (LMR) para todas las sustancias farmacológicas que se usan en animales de producción, acaba de establecer LMR para dos medicamentos (Reglamento 324/2004). Para ello, el Comité de medicamentos veterinarios ha examinado toda la información sobre la inocuidad de los residuos de dichas sustancias para el consumidor y ha dado un dictamen favorable.
Se trata del agente antiinfeccioso kanamicina, del grupo de los aminoglucósidos, utilizado en todas las especies destinadas a la producción de alimentos, excepto peces. El residuo marcador es la kanamicina A.
El otro es el agente antiinflamatorio no esteroideo diclofenaco, del grupo de los derivados del ácido fenilacético, utilizado para bovinos y porcinos. El residuo marcador es el diclofenaco. En ambos casos se han establecido diferentes LMR según el tejido diana.
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