Mediante circular del FEGA se han dado a conocer los importes unitarios de los pagos adicionales de remolacha previamente solicitados en la PAC del año 2.009 y que percibirán los agricultores respecto de la campaña 2.009/10 concluida a primeros de mayo en la Zona Norte. El pago adicional se corresponde con la suma de la ayuda proveniente de la aplicación del artículo 69 del Reglamento (CE) 1782/2003 y de la cuantía proveniente del precio derivado correspondiente a España (es la última campaña que se paga ésta última cuantía proveniente del precio derivado).
Teniendo en cuenta el presupuesto disponible fijado por la Unión Europea para esta campaña (19.743.300 €) y efectuados los cálculos correspondientes el importe unitario se ha fijado en 5,071601 €/tn de remolacha. Para poder recibir este pago acoplado a la producción, la remolacha debe ser entregada a la industria azucarera para su transformación en azúcar de cuota mediante contrato de suministro y debe cumplir como requisitos: un mínimo de 13,5 grados de polarización y un máximo de un 25% de descuento.
Conviene recordar que el pago adicional es un complemento del precio que percibe el remolachero por la remolacha entregada a cambio de la realización de actividades que mejoren la calidad de la producción y que ya en el mes de octubre comenzaron a realizarse las entregas de la raíz en las fábricas de la región. Por tanto, han transcurrido más de ocho meses desde que comenzaron las entregas de la producción.
Asimismo, cabe recordar que el precio fijado por la Unión Europea para la campaña 2.009/10 resulta de la suma del precio base (26,29 €/Tn) menos el canon de producción industrial (0,84 €/Tn) más el pago adicional ahora establecido (5,07 €/Tn). A estas cuantías se sumará la percepción, a partir de mediados de septiembre, de la ayuda procedente de la comunidad autónoma de Castilla y León (hasta 3 €/Tm) y de la ayuda europea derivada de la renuncia estatal de cuota en un 50% ( 6,75 €/Tm). Por tanto, el precio final a percibir p or los remolacheros que realizaron sus entregas en Azucarera Ebro será aproximadamente de 40,27 €/Tn tipo de 16º.
La normativa comunitaria establece como fecha tope para efectuar el pago adicional el 30 de junio de 2.010.
Por otro lado, tras las reivindicaciones efectuadas desde UPA y COAG ante la administración central y autonómica, mediante Decisión de la Comisión Europea de 19 de marzo de 2.010, se permitió el adelanto de la fecha del segundo pago de la ayuda correspondiente a la reestructuración de la campaña 2009/10, motivada por el cierre de la fábrica de Peñafiel y su correspondiente reducción de cuota. Esta decisión implicaba que a petición del estado miembro el pago de la ayuda se pudiera efectuar en un solo pago, durante el mes de junio de 2.010, en lugar de tener que esperar a febrero de 2.011 para la liquidación del 60% correspondiente al segundo pago inicialmente previsto. La cuantía de la indemnización por reestructuración se corresponde con unos 5-6 €/Tm entregada en la campaña 2008/09 en las Azucareras de Toro, Bañeza y Miranda, y unos 38 €/Tm entregada como media en las campañas 2005/06 a 2008/09 en Peñafiel.
Por todo ello, teniendo en cuenta la considerable merma de rentabilidad de este cultivo, consecuencia de la bajada impuesta en los precios, así como la insostenible subida de los costes de producción, la Alianza por la Unidad del Campo, COAG y UPA en Castilla y León, solicitan a la Consejería de Agricultura y Ganadería la agilización al máximo de los trámites correspondientes de modo que los remolacheros puedan percibir de inmediato los importes de dichas ayudas.
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