El pasado 3 de agosto el panel de la Organización Mundial del Comercio (OMC) creado para tratar el litigio del azúcar entre la Unión Europea, por una parte y Brasil, Australia y Tailandia, por otra, ha comunicado a las partes su veredicto preliminar que favorece a la parte demandante (Brasil, Australia y Tailandia) y va contra la actual Organización Común de Mercado (OCM) de la UE. Este dictamen es aun provisional, debiendo hacerse oficial en septiembre, y podrá ser apelado.
El contencioso se basa en que la UE incumple las limitaciones de exportaciones de azúcar con ayuda acordadas en el actual acuerdo de la OMC (Marrakech) debido a que solamente contabiliza el azúcar de cuota que se exporta recibiendo ayudas (restituciones) de forma directa, y no las exportaciones de azúcar C (fuera de cuota) ni las reexportaciones de azúcar preferencial procedente de los países ACP y la India, que no reciben ayudas directamente, peo que se producen bajo el paraguas global de la OCM, en el caso del azúcar C, o que se venden a un precio más barato del que se compran, en el caso del azúcar preferencial, por lo que se pueden considerar azúcar que se exporta con ayudas indirectas. La UE exporta unos 2,7 millones de Tm de azúcar C y reexporta la mayor parte de 1,6 millones de Tm de azúcar preferencial.
La exportación estructural de azúcar C es algo que practican los principales países productores de la UE, especialmente Francia, donde incluso se ha llegado a contratar remolacha para exportar. La importación de azúcar ACP es de países que son antiguas colonias de Francia y Reino Unido. España no utiliza la exportación de azúcar C más que de forma esporádica y en pequeñas cantidades.
Este dictamen podrá ser utilizado por la Comisión Europea para favorecer sus tesis de reforma de la OCM, recientemente formulada, en la que a costa de reducir precios y cuotas se eliminaría una gran parte de la producción e indirectamente todo tipo de exportaciones a países terceros.
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