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Publicadas las normas para la ayuda específica del algodón en la campaña 2018/19

15/02/2018

Se acaba de publicar en el BOE, la Orden APM/120/2018 sobre la ayuda específica al cultivo del algodón para la campaña 2018/19. Como en años anteriores, las parcelas elegibles para la siembra de algodón que podrán acogerse al pago serán aquéllas cuyas superficies agrícolas se hayan sembrado de algodón con derecho a ayuda al menos una vez, durante las campañas 2000/01, 2001/02 y 2002/03.

Para percibir el pago es necesario que se haya respetado la rotación del cultivo, es decir, que las superficies sembradas de algodón no sean las mismas donde se haya cultivado algodón en la campaña 2017/2018. No obstante, las comunidades autónomas podrán exceptuar de la necesidad de dicha rotación de cultivo a aquellas explotaciones cuya superficie total sembrada de algodón no supere las diez hectáreas adoptando, en su caso, las medidas necesarias para evitar que se creen artificialmente las condiciones para cumplir este requisito

Se mantendrán como variedades autorizadas las recogidas en el catálogo común de variedades de especies de plantas agrícolas de la Unión Europea. En las condiciones de cultivo, habrá que respetar la rotación, una densidad mínima de 100.000 plantas/ha en regadío, 90.000 plantas/ha en secano y 75.000 plantas/ha para variedades híbridas interespecíficas. Además, se exige que la producción sea cosechada y reúna condiciones de calidad sana, cabal y comercial.

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