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Las explotaciones de titularidad compartida serán más prioritarias para acceder a nuevas plantaciones

26/09/2019

El pasado sábado pasado se publicó una nueva revisión de la legislación que regula las plantaciones de viñedo (el Real Decreto 536/2019). Los mayores cambios introducidos son la mayor influencia de los Consejeros Reguladores para decidir los límites de nuevas plantaciones en sus ámbitos territoriales, la mejor consideración de las explotaciones de titularidad compartida en las solicitudes de autorizaciones y la actualización del listado de variedades de viñedo que pueden ser utilizadas, según destaca Unión de Uniones.

La norma que establece las reglas del mecanismo de autorizaciones de plantación de viñedo (en sustitución de los antiguos derechos de plantación de viñedo) es el Real Decreto 1338/2019, en el que se regula también el Registro Vitícola y las variedades de uva de vinificación que pueden plantarse.

Decisión sobre nuevas plantaciones

Los cambios que se han introducido son más bien ajustes que, en algún caso, tienen que ver sobre el procedimiento de decisión sobre si las autorizaciones de nueva plantación o replantación que se puedan conceder se limitan o restringen (o no) en el ámbito territorial de las denominaciones de calidad suprautonómicas, que son Cava, Rioja y Jumilla.

Con la nueva redacción del Real Decreto, a la hora de tomar tal decisión, las recomendaciones del sector emitidas a través de los Consejos Reguladores de las denominaciones serán vinculantes para el Ministerio de Agricultura.

La titularidad compartida gana prioridad

La segunda cuestión que se incluye en esta revisión es la consideración de un mejor tratamiento para las explotaciones de titularidad compartida (la constituida por un matrimonio o pareja unida para su gestión conjunta) como solicitantes de autorizaciones de nueva plantación.

De hecho, lo que ahora permite el Real Decreto es que se les otorgue la misma puntuación, en cuanto prioridad, que a un joven nuevo viticultor y, también, se facilita el cumplimiento del criterio de admisibilidad relativo a la capacidad profesional para estas explotaciones, si uno de los cotitulares la posee. Esta segunda cuestión tendrá que ser adaptada a las normativas regionales.

Listado de nuevas variedades

En cuanto al listado de variedades se han dado de alta algunas a petición de las comunidades autónomas. Las que han entrado en el anexo de variedades autorizadas son:

  • Albarín Blanco, Marselan (T) y Tougira nacional (T) en Castilla-La Mancha
  • Rabigato (B) y Touriga nacional (T) en Castilla y León
  • Godello (B), Moravia dulce (T), Moravia agria (T), Morenillo (T) y Vidadillo en la Comunidad Valenciana

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