Agrodigital

la web del campo

  • Agricultura
    • Cultivos herbáceos
    • Frutas y hortalizas
    • Vino
    • Olivar
    • Remolacha y azúcar
    • Patata
    • Arroz
    • Algodón
    • Tabaco
    • Sanidad vegetal
    • Insumos agrícolas
  • Ganadería
    • Porcino
    • Leche
    • Vacuno
    • Ovino y caprino
    • Avicultura
    • Apicultura
    • Cunicultura
    • Acuicultura
    • Ganadería
    • Alimentación animal
  • Política agraria
    • PAC
    • Política agraria España
    • Política agraria países terceros
    • OMC – Acuerdos preferenciales
    • Seguros agrarios
  • Desarrollo rural
    • Desarrollo rural
    • Regadíos
    • Mujer rural
  • Medio ambiente
    • Medio Ambiente
    • Forestal
    • Energías renovables
    • Agua y sequía
  • Alimentación
    • Alimentación
    • Producción ecológica
    • Biotecnología e I+D+i
  • CC.AA.
    • Castilla y León
  • Legislación
  • Varios
    • Artículos
    • Buscador
    • Anuncios clasificados
    • Contacto
    • Newsletter
Está aquí: Home / Agricultura / Sanidad vegetal / Prohibidos el clorpirifos y el clorpirifos-metilo

           

Prohibidos el clorpirifos y el clorpirifos-metilo

13/01/2020

La Comisión Europea ha retirado la autorización para el mercado comunitario de los insecticidas clorpirifos y clorpirifos-metilo tras la confirmación, por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), de los efectos nocivos para la salud humana, especialmente genotoxicidad y efectos neurotóxicos para el desarrollo.

El clorpirifos (a veces denominado clorpirifos-etilo) y clorpirifos-metilo son insecticidas utilizados en una gran variedad de cultivos. El clorpirifos-metilo también se usa para tratar granos de cereales almacenados y depósitos vacíos.

El pasado 6 de diciembre, en la reunión del Comité Permanente de Plantas, Animales, Alimentos y Piensos (Comité PAFF), los Estados miembros acordaron no renovar las aprobaciones de clorpirifos y clorpirifos-metilo, por mayoría cualificada. El viernes pasado, la Comisión Europea adoptó formalmente el Reglamento, lo que significa que los Estados miembros deben, dentro de un mes, retirar todas las autorizaciones para productos fitosanitarios que contengan sustancias activas.

Los Estados miembros pueden conceder un breve período de gracia para el almacenamiento final, la eliminación y el uso (máximo 3 meses). Después de eso, dichos productos fitosanitarios ya no pueden comercializarse ni utilizarse en la UE.

Política de comentarios:
Tenemos tolerancia cero con el spam y con los comportamientos inapropiados. Agrodigital se reserva el derecho de eliminar sin previo aviso aquellos comentarios que no cumplan las normas que rigen esta sección.

Escriba un comentario: Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Es actualidad

  • Más de dos millones de franceses firman contra el acetamiprid 10/09/2025
  • Aragón: ayudas a explotaciones de peral y membrillero afectadas por fuego bacteriano 02/09/2025
  • Aragón autoriza medidas excepcionales para combatir la plaga de langosta sin perder ayudas de la PAC 01/09/2025
  • La UE revisará su lista de plagas prioritarias tras evaluar 47 especies 28/07/2025
  • Bayer nombra a Pierre Larrieu director de la división Crop Science en España, Portugal y norte de África 16/07/2025
  • Hongos del olivar para frenar la Xylella: una estrategia prometedora desde Córdoba 27/06/2025
  • Aragón: la plaga de langosta continúa activa 18/06/2025
  • El Gobierno distribuye 19 M€ entre CCAA para sanidad animal y vegetal en 2025 11/06/2025

Política de Privacidad | Términos legales

Copyright © 2018 Agrodigital, S.L. · Todos los derechos reservados

Utilizamos cookies propias y de terceros para asegurar que damos la mejor experiencia al usuario en nuestro sitio web y obtener analítica web. Si continúa utilizando este sitio asumiremos que está de acuerdo.Estoy de acuerdo