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Armonización de las normas de comercialización comunitarias de pimiento manzana, pera y uva de mesa con las de Naciones Unidas

04/11/2021

Las normas de comercialización o de calidad comercial comunitarias de pimiento, manzana, pera y uva de mesa, que son de obligado cumplimiento para los productores europeos y regulan aspectos como la presentación, calibrado, madurez… se han armonizado con las normas CEPE/ONU, según recogió el viernes el Reglamento Delegado (UE) nº 2021/1890 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) nº 543/2011 en lo que atañe a las normas de comercialización en el sector de las frutas y hortalizas, con el fin de evitar obstáculos innecesarios a los intercambios comerciales.

Las normas de calidad comercial tienen carácter europeo, internacional o mundial, dependiendo del organismo que las apruebe, siendo las más importantes para los productores comunitarios los Reglamentos de la Comisión Europea, por ser de obligado cumplimiento.

Los organismos internacionales que se dedican a desarrollar normas de comercialización de productos alimenticios son:

1.La Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE/ONU), que desarrolla las normas del mismo nombre: normas CEPE-ONU o normas UNECE, con sede en Ginebra.

2.La Comisión Europea, a través de Reglamentos de obligado cumplimiento.

3.El CODEX Alimentarius, comisión constituida en 1963 por la FAO (la Organización para la Alimentación y la Agricultura de Naciones Unidas) y la OMS (Organización Mundial de la Salud) para desarrollar normas alimentarias, reglamentos y otros textos relacionados tales como códigos de prácticas agrícolas.

4.Existe un cuarto organismo internacional, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), que realiza folletos interpretativos de las normas de Ginebra, pero que no aprueba normas.

Desde 2018 a 2020, el grupo de trabajo sobre normas de calidad de los productos agrícolas de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE/ONU) ha revisado las normas de la CEPE/ONU aplicables a los pimientos dulce (2018 y 2020); las uvas de mesa (2019 y 2020), las manzanas y las peras (2020). Para evitar obstáculos innecesarios a los intercambios comerciales, las normas de comercialización general y específicas aplicables a dichas frutas y hortalizas establecidas en la normativa comunitaria, es decir, en el Reglamento de Ejecución (UE) número 543/2011, deben armonizarse con las nuevas normas de la CEPE/ONU.

La armonización de las normas de calidad comercial comunitarias, con las de Naciones Unidas es habitual con el fin de que se regulen las mismas cuestiones y hacer más viable el comercio internacional, según FEPEX. Por otro lado, la Comisión Europea está siguiendo un proceso de reducción de las normas de calidad en frutas y hortalizas pasando de las 36 que se establecieron en el marco de la Organización Común de Mercados de Frutas y Hortalizas a 10 normas que existen en la actualidad.

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