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Declarada en Galicia la plaga de cuarentena Flavescencia Dourada da vide

03/02/2023

El Diario Oficial de Galicia (DOG) publicó ayer la resolución por la que se declara la presencia de la plaga de cuarentena denominada Flavescencia Dourada da vid, se establece la zona demarcada y se adoptan medidas urgentes para su erradicación y control en Galicia, tanto de apoyo a productores como a operadores profesionales.

La plaga denominada Flavescencia Dourada da vide es provocada por el organismo denominado Grapevine flavescence dorée phytoplasma y transmitido por un insecto vector (Scaphoideus titanus). Antes de Galicia, ya había sido detectada en Portugal, especialmente en zonas próximas a la frontera con nuestra comunidad. Dada la situación, Portugal declaró una zona demarcada de Flavescencia Dourada colindante con varios ayuntamientos fronterizos de Galicia, por lo que fue establecida una zona tampón de 2,5 km con la frontera.

A día de hoy los datos de seguimiento de este organismo mostraron su presencia en plantas aisladas situadas en los ayuntamientos de Arbo, Creciente y As Neves, en la provincia de Pontevedra, y en el ayuntamiento de Padrenda, en Ourense. Todos ellos forman parte de la zona demarcada de Flavescencia Dourada de 2,5 km respecto a la frontera con Portugal. Con todo, la zona demarcada fijada por la resolución que se publica hoy -que incluye la zona plagada y la zona tampón de 2 km- se extiende también la parcelas de A Cañiza, Salvaterra de Miño, Salceda de Caselas, Tui y Tomiño.

Medidas

Así, dentro de la zona demarcada los titulares de las parcelas en las que se detecte la presencia de plantas plagadas o insectos vectores de las enfermedades deberán aplicar lo antes posible un tratamiento insecticida autorizado a todas las plantas. Las plantas plagadas deberán ser arrancadas y destruidas a raya oficial el antes posible. Lo más recomendable es que esta destrucción se realice in situ. Si no es posible, deberá realizarse en un rodal próximo, por incineración o por algún otro método autorizado.

Además, en caso de que la parcela afectada tenga más de un 20% de plantas sintomáticas, deberán arrancarse y destruirse todas las plantas de la parcela en caso de que las plantas afectadas no estén agrupadas. Sucede lo mismo en el caso de zonas abandonadas.

En lo relativo a los viveros y otros operadores profesionales dentro de las zonas plagadas, tendrán que inmovilizar de manera cautelar el material de vid (Vitis spp.) hasta su inspección oficial. A mayores, deberán aplicar un tratamiento insecticida autorizado y destruir todos los lotes infectados siguiendo un procedimiento específico. En el caso de tener plantas o lotes sospechosos de portar la enfermedad pero que no detecten síntomas también deberán ser eliminadas.

Asimismo, también hace falta arrancar y destruir todas las plantaciones abandonadas de las zonas demarcadas, así como eliminar las plantas silvestres del género Vitis spp. y aquellas que puedan ser portadoras de la enfermedad, entre otras medidas preventivas.

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