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La Xunta amplía las zona afectada por la flavescencia dorada de la vid

20/11/2023

El Boletín Oficial de Galicia publicó el viernes una resolución en la que se amplían los municipios con presencia de la plaga cuarentenaria denominada Flavescent dourada da vide, estableciendo la zona demarcada y adoptando medidas urgentes para su erradicación y control en Galicia. Esta actualización incluye los municipios de Rosal, A Cañiza, Tomiño y Oia, en Pontevedra; y las de Cortegada y Pontedeva, en Ourense, donde hay parcelas infestadas. Además, la zona demarcada se extiende en la provincia de Ourense hasta Gomesende y Quintela de Leirado. 

La plaga llamada Flavescencia Dorada de la vid es causada por el organismo llamado fitoplasma flavescencia dorada de la vid y transmitida por un insecto vector ( Scaphoideus titanus ). La nueva zona demarcada está formada por la zona infestada -parcelas donde se confirma su presencia- y una zona de amortiguamiento a su alrededor. 

El 2 de febrero de 2023 se publicó la resolución por la que se declara la presencia de Flavescencia Dorada en Galicia, estableciendo la zona demarcada y las medidas urgentes para su erradicación y control. Durante los reconocimientos realizados durante 2023 se produjeron nuevas detecciones de este organismo nocivo, lo que hace necesario ampliar el área demarcada y modificar las medidas. 

Las parcelas infestadas hoy se encuentran en los municipios de Cañiza, Arbo, Crecente y As Neves, O Rosal, Oia y Tomiño, en la provincia de Pontevedra; y en los municipios de Cortegada, Pontedeva y Padrenda, en Ourense. Además, la zona de amortiguamiento se extiende a los municipios de Salceda de Caselas, Salvaterra de Miño, Tomiño y Tui, en la provincia de Pontevedra; y en las localidades de Gomesende y Quintela de Leirado, en Ourense. 

Medidas

Dentro de la zona infestada, los titulares de parcelas vitivinícolas en las que se detecte la presencia de plantas infestadas o de insectos vectores deberán aplicar a todas las plantas un tratamiento insecticida autorizado lo antes posible. Las plantas infestadas deben ser arrancadas y destruidas bajo control oficial lo antes posible. Lo más recomendable es que esta destrucción se realice in situ y, si esto no es posible,se realizará en un bosque cercano, mediante incineración o mediante algún otro método autorizado. 

Además, en el caso de que la parcela afectada tenga más del 20% de plantas sintomáticas, se estudiará la posibilidad de retirar y destruir todas las plantas de la parcela. Si la detección se realiza en una parcela abandonada, se deberá desarraigar toda la parcela. 

Respecto a los viveros y otros operadores profesionales dentro de las zonas infestadas, si se detecta un positivo, este será retirado y el material de vid (Vitis spp.) será inmovilizado temporalmente hasta su inspección. Actualmente no existen guarderías ni operadores profesionales afectados en la zona demarcada.

Por otra parte, será obligatorio en toda la zona demarcada para los propietarios de las parcelas de viñedo y los operadores profesionales la realización de tratamientos insecticidas con productos fitosanitarios autorizados durante los periodos de vuelo del vector, que suele producirse en los meses de verano, y que será publicado en la web del Ministerio Además, los propietarios deberán controlar la presencia de Flavescent dourada en sus parcelas o instalaciones y comunicar a las autoridades competentes cualquier sospecha o confirmación de la presencia de la plaga.

Asimismo, también es necesario arrancar y destruir todas las plantaciones abandonadas en las áreas demarcadas, así como eliminar las plantas silvestres del género Vitis spp. y quienes puedan ser portadores de la enfermedad, entre otras medidas preventivas. 

Ayuda a los afectados

El pasado 3 de noviembre, el Boletín Oficial de Galicia publicó la orden que contiene las bases reguladoras para la concesión de compensaciones en materia fitosanitaria a viveros o explotaciones agrarias afectadas por organismos cuarentenarios en este año 2023, que como novedad incluye la Flavescencia dorada de la vid. 

Los propietarios de parcelas de viñedo cuyas vides hayan sido retiradas y destruidas bajo control oficial como consecuencia de la detección de Flavescent dourada, podrán optar a estas aportaciones siempre que cumplan los requisitos establecidos en la orden. 

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