La Organización Mundial del Comercio (OMC) confirmó ayer que la UE ha vuelto a ganar a EEUU en el panel sobre las aceitunas negras. Se confirma que Estados Unidos no implementó las recomendaciones del panel original, a saber, la conclusión de que la ley estadounidense, sobre la base de la cual se impusieron derechos antisubvenciones a las aceitunas maduras españolas, es incompatible con las normas de la OMC.
Ahora, ambas partes pueden solicitar la adopción del informe del panel de cumplimiento en la reunión del Órgano de Solución de Diferencias (OSD) de la OMC, que como muy pronto, se celebrará 20 días después de su publicación. Si se adopta, el informe será vinculante entre la UE y los EE.UU., y los EE.UU. tendrán que tomar medidas inmediatas para implementar el fallo y eliminar los aranceles.
Es muy buena noticia el resultado del panel, pero no obstante, el sector español de aceituna negra está siendo el gran perdedor. Ha visto como en los últimos 7 años ha perdido millones de dólares en exportaciones a EEUU y como ha perdido cuota de mercado. Los datos están ahí: en 2017, antes de que se impusieran los aranceles, España era el mayor exportador de aceitunas negras a EE UU, con importaciones por valor de 67 M$, lo que representa el 76 % de las importaciones de aceitunas maduras de EEUU. En 2022, las exportaciones de España a EE.UU. fueron de sólo 20 M$, cubriendo sólo el 26% de las importaciones estadounidenses.
¿Cuándo comenzó este litigio?
El 1 de agosto de 2018, el Departamento de Comercio de Estados Unidos impuso derechos antisubvenciones y antidumping de entre el 30% y el 44% combinados a las importaciones de aceitunas negras españolas, dependiendo de la empresa implicada. La UE consideró injustificadas las medidas estadounidenses y las cuestionó en la OMC.
El 19 de noviembre de 2021, un panel de la OMC falló a favor de la UE y concluyó que los derechos antisubvenciones aplicados por Estados Unidos infringen las normas de la OMC.
El 14 de julio de 2023, la UE notificó a los EEUU y a la OMC, la solicitud de establecimiento de un panel de cumplimiento para pronunciarse sobre las medidas adoptadas por el Departamento de Comercio de los EE. UU. para implementar una de las conclusiones de los tres paneles.
El informe del panel de cumplimiento de la OMC, hecho público ayer, confirma la posición de la UE. El panel de cumplimiento esencialmente confirmó el análisis del informe original del panel. Concluyó que la ley estadounidense en cuestión (Sección 771B de la Ley Arancelaria de 1930) sigue siendo incompatible con las normas de la OMC porque supone la transferencia automática y total de las subvenciones del productor al transformador de productos agrícolas (la llamada transferencia -a través del beneficio). Además, el panel consideró que tal incompatibilidad demuestra que la aplicación de esta ley estadounidense por parte del Departamento de Comercio de Estados Unidos también viola las mismas reglas de la OMC.
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