Castilla-La Mancha ha publicado la Orden 49/2024, de 11 de abril; por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para compensar el lucro cesante en los casos de inactividad en las explotaciones de ganado ovino y/o caprino, registradas en la comunidad autónoma, con motivo del sacrificio obligatorio de los animales llevados a cabo en el marco de programas o actuaciones sanitarias oficiales, dentro de los tres años anteriores a la correspondiente convocatoria.
UPA-CLM ha acogido con satisfacción esta publicación, que se trata de una demanda que la organización agraria reclamó en octubre de 2023.
La Orden recoge que podrán acogerse a las subvenciones las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o explotaciones de titularidad compartida, titulares de explotaciones ganaderas de ovino y/o caprino con clasificación zootécnica “reproducción de leche”, “reproducción de carne” o “reproducción mixta”, ubicadas en Castilla-La Mancha, en las que se haya procedido al vaciado sanitario obligatorio ordenado por la autoridad competente dentro de los tres años anteriores a la correspondiente convocatoria causadas por tuberculosis y/o por viruela ovina y caprina, y haya repoblado la misma, una vez finalizado el periodo de cuarentena, con la reintroducción de animales.
Las solicitudes para acogerse a las ayudas contempladas en la presente orden y los plazos y documentación necesaria se establecerán en la convocatoria correspondiente, estableciéndose un plazo mínimo de presentación de solicitudes de 1 mes. La solicitud, así como cualquier documentación o trámite relacionado con el expediente se presentará sólo por medios electrónicos, habida cuenta de la profesionalidad de las personas destinatarias, a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
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