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Sección con el apoyo de

El MAPA elimina la obligatoriedad del veterinario y plan sanitario en explotaciones ganaderas

23/04/2025

El Consejo de Ministros aprobó ayer, a propuesta del Ministerio de Agricultura (MAPA), dos reales decretos en materia de sanidad animal que modifican el marco normativo vigente para reducir la carga administrativa de las explotaciones ganaderas. Una de las principales novedades es que se elimina la obligatoriedad de disponer de un veterinario de explotación, un plan sanitario integral y un plan de bienestar animal, que pasan a ser voluntarios.

El nuevo real decreto, que desarrolla la normativa europea en sanidad animal, mantiene una serie de obligaciones para los titulares de explotaciones ganaderas en aspectos como la bioseguridad, el uso prudente de medicamentos veterinarios y la vigilancia de signos clínicos compatibles con enfermedades.

Las explotaciones seguirán recibiendo visitas zoosanitarias realizadas por veterinarios, cuya frecuencia dependerá del riesgo asignado a cada explotación. Durante estas visitas se revisarán las condiciones sanitarias, se harán recomendaciones para corregir deficiencias, se promoverá la reducción del uso de antibióticos y se vigilará la posible aparición de enfermedades.

Aunque el plan sanitario integral ya no será obligatorio, las explotaciones que decidan contar con uno —así como con un veterinario de explotación— serán clasificadas como de menor riesgo sanitario. También será voluntario el plan de bienestar animal, salvo que la autoridad competente indique lo contrario tras la visita veterinaria.

En paralelo, el Gobierno ha aprobado una segunda norma para adaptar las ordenaciones específicas del sector ganadero —porcina, bovina y avícola— a esta nueva regulación general. Estas normas incorporan ahora la voluntariedad de contar con veterinario de explotación, eliminan la exigencia del plan sanitario integral y del plan de bienestar animal, e introducen cambios en el Sistema Integral de Gestión de Explotaciones (SIGE) para recoger las obligaciones de vigilancia del titular.

Además, se amplía en un año el plazo de adaptación para cumplir los requisitos establecidos en la ordenación de las explotaciones porcinas, actualmente en fase de modificación.

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