El Ministerio de Agricultura ha elevado el nivel de riesgo por influenza aviar altamente patógena ante el aumento de casos detectados tanto en aves silvestres como domésticas en la Unión Europea y en países del entorno. El incremento de focos, junto con la bajada prevista de temperaturas y los nuevos mapas de riesgo comarcal elaborados por el modelo de vigilancia, han motivado la decisión de activar nuevas medidas preventivas en aplicación del principio de precaución.
Nuevas medidas a partir del 10 de noviembre
La Orden que entrará en vigor el 10 de noviembre de 2025 establece actuaciones específicas para las zonas de especial riesgo y de especial vigilancia recogidas en los anexos II y III de la Orden APA/2442/2006. Entre las principales medidas destacan la suspensión de las excepciones a las normas de bioseguridad previstas en la Orden ARM/3301/2008 y en el artículo 5.1 de la Orden APA/2442/2006.
A partir de esa fecha, quedarán prohibidas las siguientes prácticas:
- Uso de aves de los órdenes Anseriformes y Charadriiformes como señuelo.
- Cría conjunta de patos y gansos con otras especies de aves de corral.
- Cría de aves de corral al aire libre, salvo autorización excepcional con medidas que impidan el contacto con aves silvestres mediante telas pajareras u otros dispositivos protectores.
- Suministro de agua procedente de depósitos accesibles a aves silvestres, salvo que el agua sea tratada para garantizar la inactivación del virus.
- Presencia de aves de corral o aves cautivas en ferias, exposiciones, certámenes ganaderos o cualquier concentración al aire libre.
- Además, los depósitos de agua en exteriores requeridos por bienestar animal deberán protegerse adecuadamente frente a aves acuáticas silvestres.
Aplicación en todo el territorio nacional
En el resto del territorio, el Ministerio de Agricultura insta a las autoridades competentes a reforzar la vigilancia pasiva y las acciones de información y concienciación dirigidas a los profesionales del sector. El objetivo es prevenir la introducción y propagación del virus, reforzando las prácticas de bioseguridad en granjas y explotaciones avícolas.
Estas medidas preventivas buscan anticiparse a la expansión del virus ante el incremento estacional del riesgo, garantizando la protección de la sanidad animal y la producción avícola española.
Alertas por brotes registrados
En España se ha producido un aumento de riesgo significativo, evidenciado por un aumento en el número de municipios en nivel de riesgo alto y muy alto (comarcas más oscuras en el mapa adjunto), municipios que en muchos casos están además incluidos en zonas de especial riesgo y en la zonas de especial vigilancia recogidos en los anexos II y III de la Orden APA/2442/2006.



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