Ayer se inició el plazo para que aproximadamente un millón de productores puedan solicitar, a través de la solicitud única, las ayudas directas de la PAC financiadas con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía, FEAGA. El plazo de presentación de las solicitudes estará abierto, como todos los años, hasta el 30 de abril. Una vez finalizado este plazo, los productores podrán modificar las solicitudes presentadas hasta el 31 de mayo.
Mediante la solicitud única, el productor puede solicitar todas sus ayudas de una sola vez. Conviene destacar la importancia de cumplimentar correctamente la solicitud única y presentarla en plazo para evitar posibles penalizaciones o incluso la exclusión del sistema de ayudas directas por una mala declaración o una presentación fuera de plazo.
Igual que en campañas anteriores, la solicitud única debe dirigirse a la autoridad competente de la Comunidad autónoma en la que radique la explotación o la mayor parte de la superficie de la misma y en caso de no disponer de superficie, se presentará en la Comunidad autónoma en la que se encuentren el mayor número de animales.
Se debe insistir en la obligación de basar la declaración de superficies en el Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) al cual se accede a través de la página Web del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (www.marm.es), de la Web del FEGA (www.fega.es) o de las Comunidades autónomas.
Conviene recordar que el SIGPAC debe reflejar la situación de las parcelas y si el productor observa que sus recintos no están correctamente delimitados o si ha cambiado el uso que venía dando a algún recinto debe notificarlo a la administración. Un recinto incorrectamente delimitado puede dar lugar a una reducción de las ayudas solicitadas,
especialmente si incluye elementos que no son subvencionables.
Las ayudas directas que se pueden solicitar se recogen en el Real Decreto 66/2010, sobre la aplicación en el año 2010 y 2011 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería. En ese Real Decreto se describen los requisitos necesarios para poder optar a cada ayuda y la información mínima que debe contener la solicitud única. Las ayudas que se pueden
solicitar en 2011 son las siguientes:
Régimen de pago único.
Regímenes específicos de ayudas por superficie:
– Prima a las proteaginosas.
– Pago específico al cultivo de arroz.
– Ayuda a los productores de patata con destino fécula.
– Ayuda a los frutos cáscara.
– Ayuda a los productores de semillas.
– Ayuda específica al cultivo del algodón.
– Ayuda a los productores de remolacha azucarera.
Regímenes de ayuda por ganado vacuno:
– Prima por vaca nodriza y complementaria.
– Prima por sacrificio.
Pagos adicionales por aplicación del artículo 69 del Reglamento (CE) 1782/2003:
– Pagos adicionales en el sector del algodón.
– Pagos adicionales en el sector de la remolacha y la caña de azúcar.
– Pago adicional a las explotaciones que mantengan vacas nodrizas.
– Pago adicional a la producción de carne de vacuno de calidad reconocida oficialmente.
– Pagos adicionales en el sector lácteo.
Ayudas específicas por aplicación del artículo 68 del Reglamento (CE) 73/2009.
– Programa nacional para el fomento de rotaciones de cultivo en tierras de secano. –
– Programa nacional para la calidad de las legumbres
– Programa para el fomento de la calidad del tabaco
– Ayudas específicas destinadas a agricultores de ovino y caprino cuya producción esté amparada por denominaciones de producción de calidad.
– Ayudas destinadas a agricultores de ovino y caprino cuyas explotaciones se orientan a la producción de carne, con el fin de compensar las desventajas específicas ligadas a la viabilidad económica de este tipo de explotación
– Ayudas para compensar las desventajas específicas que afectan a los agricultores del sector lácteo en zonas económicamente vulnerables o sensibles desde el punto de vista medioambiental y para tipo de producción económicamente vulnerables.
– Ayuda para fomentar la producción de productos lácteos de calidad.
Las novedades de la campaña 2.011 se basan en la incorporación en el régimen de Pago Único de la prima al arranque correspondiente a la campaña 2009-2010 y en el desacoplamiento total de las ayudas del sector del tomate para transformación, cuya integración parcial se realizó en el año 2008.
Como resultado de la incorporación de la prima al arranque 2009-2010 se ha producido una asignación de derechos provisionales que afecta a un total de 6.732 beneficiarios, de las Comunidades autónomas de Andalucía, Aragón, Castilla la Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Madrid, Murcia, Navarra y Valencia.
A nivel nacional, la suma de las superficies arrancadas en la campaña en cuestión asciende a 25.139,68 ha, que multiplicadas en cada caso por el valor medio del derecho del sector del arranque (€/ha) de cada Comunidad autónoma han originado un importe total de referencia asignado de 5.939.679,38 €.
El Fondo Español de Garantía Agraria ya ha calculado dichos derechos provisionales, los cuales han sido comunicados a las autoridades competentes de las Comunidades Autónomas para que puedan proceder a informar de los mismos a los productores correspondientes.
Por otro lado, cuando se realice la asignación definitiva de los derechos 2011, antes de iniciarse el periodo de pagos de la campaña, se llevará a efecto el desacoplamiento total de las ayudas del sector del tomate para transformación, cuya integración parcial se realizó en el año 2008.
Tal y como se regula en el artículo 12 del Real Decreto 1680/2009, se procederá a incrementar el valor de los derechos de los agricultores que dispongan de derechos de pago único procedentes del desacoplamiento parcial del 50% de la ayuda a la
transformación de tomate, duplicando el importe existente en sus derechos procedente de estas ayudas con el fin de que el factor de desacoplamiento pase a ser del 100%. Esto supondrá integrar en el Régimen de Pago Único un montante de ayudas directas de alrededor de 28.116.500 €.
Igual que el año anterior, en el mismo plazo de presentación de la solicitud única se debe presentar, si procede, la solicitud de derechos de la Reserva Nacional de Pago Único tal y como establece el artículo 23 del Real Decreto 1680/2009 y las posibles alegaciones a la asignación provisional de derechos de Pago Único, los casos de cambios de titularidad de la explotación o solicitud de corrección de errores, previsto en el artículo 16 del Real Decreto citado.
También en relación con los derechos de pago único procede recordar que el plazo para la comunicación a la administración de las cesiones entre particulares, que se inició el pasado 1 de noviembre, finalizará el próximo 19 de marzo, excepto cuando se trate de cesiones por herencia, fusión, escisión, cambio de denominación y jubilaciones o programas de cese anticipado, en cuyo caso se podrán comunicar hasta el 30 de abril.
Una vez presentada la solicitud única se realizarán los controles establecidos por los reglamentos comunitarios y se procederá al pago de las ayudas efectivamente determinadas a partir del próximo 1 de diciembre de 2011, por un total aproximado de 5.031 millones de Euros.
En el año 2010 presentaron la solicitud única un total de 970.489 productores, que ya están recibiendo desde el 16 de octubre pasado, y recibirán hasta el próximo 30 de junio, ayudas por un valor total aproximado de 5.066 millones de Euros, de los cuales las Comunidades autónomas ya han abonado 4.298, 35 millones de Euros, aproximadamente el 84,85 % del total.






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