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El Departamento de Agricultura de Cataluña aprueba el reconocimiento transitorio y el reglamento de la IGP Pan de Payés Catalán

Alimentación 27 Feb 2012 0

El Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural publicó el viernes en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña (DOGC) el Edicto por el que se somete a información pública el Proyecto de orden por la que se aprueba el reconocimiento transitorio y el reglamento de la Indicación Geográfica Protegida (IGP) Pan de Payés Catalán, y se reconoce su Consejo Regulador provisional, durante un plazo de siete días hábiles.

Las personas interesadas en examinarlo podrán hacerlo en las oficinas del Departamento en Lleida y Barcelona;, en los Servicios Territoriales del DAAM, o bien mediante la página web del Departamento http://www.gencat.cat/agricultura/normativa, durante dicho período, en el que se podrán formular las alegaciones que crean convenientes.

El proceso de tramitación se inició el 24 de julio de 2009, cuando la Federación Catalana de Asociaciones de Gremios de Panaderos solicitó la inscripción de la IGP Pan de Payés Catalán ante el Departamento, el 18 de octubre de 2010 se publicó en el DOGC y el 8 de noviembre en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el anuncio por el que se daba publicidad a la solicitud de registro en el registro comunitario de DOP e IGP. Junto con el anuncio se publicó el Documento Único, que resume los principales elementos del pliego de condiciones de esta IGP, y se daba un plazo de 2 meses a partir de la fecha de publicación en el DOGC y el BOE para que cualquier persona que considerara afectados sus legítimos derechos o intereses pudiera presentar alegaciones ante el Departamento. Transcurrido este plazo, se publicó en el DOGC y el BOE la decisión favorable del Consejero para solicitar a la Comisión Europea (CE) su inscripción en el registro comunitario de DOP e IGP (DOGC núm. 5.853 de 04.06.2011 ). Seguidamente, se envió esta Resolución a la CE junto con el resto de la documentación requerida por el Reglamento (CE) 510/2006, para que la Comisión tramite su inscripción en el Registro comunitario de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas.

La zona de producción del pan objeto de esta IGP comprende toda Catalunya, y sus principales características son que se trata de un pan tradicional, redondo de imagen rústica, de corteza gruesa y crujiente, miga esponjosa y alveolado grande e irregular. Todo el proceso de elaboración se lleva a cabo siguiendo métodos tradicionales, realizando manualmente como mínimo el formato, con fermentaciones lentas, y cociendo las masas siempre en hornos de solera refractaria. Organolépticamente es un pan de gran aroma y sabor, con cierta acidez que mantiene la sensación de frescura y una textura agradable pasadas 8-9 horas de la cocción.

Cabe decir que este pan IGP estará claramente identificado en el comercio, y en el momento de la venta se entregará a los consumidores en bolsas con el logotipo identificativo propio de la IGP.

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