La Dirección General de Medio Ambiente de Cantabria ha
decidido (
http://www.medioambientecantabria.com/documentos_contenidos/63894_10.Anuncio_BOC.pdf
) que no es necesario someter a evaluación ambiental estratégica el Programa de
Desarrollo Rural 2014 – 2020, por ser un instrumento de carácter sobre todo
financiero. Este procedimiento de revisión ambiental de los planes y programas
es distinto y complementario de la evaluación ambiental de los proyectos
concretos, que deberá hacerse en su momento para los que tengan impacto
ambiental.
Este mismo criterio se había aplicado en Cantabria a los frustrados planes
comarcales de la Ley de Desarrollo Rural (
http://www.medioambientecantabria.com/doc_exposicion_publica/ampliar.php?Id_contenido=63806&Id_tipo=0
), pero resulta muy innovador aplicado a programas comunitarios, que suelen
conllevar siempre este tipo de evaluación estratégica, basada en una Directiva
de la Unión Europea.
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