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Ayudas navarras para reparar daños causados en el saneamiento ganadero

Ganadería 4 Oct 2023 0

El Departamento de Desarrollo Rural de Navarra ha publicado en el BON la convocatoria de ayudas para reparar los daños causados por enfermedades de animales en el ganado vacuno, en el marco de campañas de saneamiento llevadas a cabo en 2023. La solicitud se podrá presentar hasta el 2 de noviembre. 

En total se destinarán 190.000 euros, de los que 120.000 euros son para la reposición de reproductoras bovinas por sacrificio obligatorio, y 70.000 euros para indemnizaciones por sacrificio a causa de epizootias y lucro cesante por inmovilización de explotaciones.  Todo ello con objeto de paliar las pérdidas económicas que en ocasiones pueden generar los programas de erradicación de las enfermedades que pueden provocar restricciones a la hora de mover el ganado o incluso el sacrificio de animales. 

Podrán acogerse a esta subvención las personas titulares de las explotaciones ganaderas que tengan la condición de PYME activa dedicada únicamente a la producción agrícola primaria y estén inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra. Además, será necesario participar en las campañas de saneamiento en el plazo establecido. Por otro lado, en el caso de las ayudas a la reconstitución del rebaño, es necesario haber sacrificado obligatoriamente vacunos con más de 18 meses de edad. 

La cuantía de la ayuda que se conceda se determinará en virtud de las pérdidas de ingresos en explotaciones ganaderas, si bien no podrán superar los 30.000 euros.

La cuantía de la ayuda que se conceda se determinará en virtud de las pérdidas de ingresos en explotaciones ganaderas provocadas por los daños causados por enfermedades animales, se entienden incluidas en esta situación dos tipos de ayudas:

Ayudas tipo 1: Pérdidas de ingresos procedentes de la rentabilidad prevista del animal sacrificado.

Tipo 2: Gastos de reconstitución, tanto los gastos de compra de ganado de raza pura para sustituir a los animales sacrificados, como la reconstitución propia para sustituir estos animales por la pérdida de ingresos que genera su no venta. El importe de la ayuda del animal repuesto será determinado en base al tipo de ganado, su edad y la pureza de raza del animal y consistirá en una prima de:

–Vacuno de carne de raza pura inscrita en libro genealógico para compra o reposición propia, entre 18 y 48 meses: 600 euros.

–Vacuno de leche raza pura inscrita en libro genealógico para compra o reposición propia, entre 18 y 48 meses: 600 euros.

–Vacuno de lidia de raza pura inscrita en libro genealógico o reposición propia, entre 18 y 48 meses: 180 euros.

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