Se ha publicado en el BOE el Real Decreto 1470/2007 relativo a las ayudas de la PAC. Algunas novedades importantes respecto a los cultivos herbáceos son las siguientes:
– Como ya se ha anunciado, en la próxima campaña (de comercialización 08/09) existe una excepción por la que se pueden sembrar con cultivos herbáceos alimentarios (únicamente cultivos COP, cereales, oleaginosas y proteaginosas) las tierras que justifiquen derechos de retirada. En este caso se cobrará por esas tierras el importe de los derechos de retirada más el pago acoplado que corresponda.
– También excepcionalmente para la campaña 08/09 no existe la obligación de respecto del índice de barbecho; ni es de aplicación la posibilidad de incrementar hasta un 80% la posibilidad de retirada voluntaria en las comarcas de rendimiento igual o inferior a 2 tn/ha.
– Desaparece la obligación de respetar la rotación de cultivos y la exclusión de tierras de regadío a efectos de poder percibir el suplemento de ayuda para el trigo duro.
– La solicitud única deberá presentarse en el periodo comprendido entre el día 1 de febrero y el 30 de abril
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