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Extremadura autoriza excepcionalmente la quema de rastrojos por motivos fitosanitarios

08/09/2016

La Junta de Extremadura ha aprobado la modificación del Decreto 260/2014 de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (Plan PREIFEX), para autorizar con carácter excepcional la quema de rastrojos por motivos fitosanitarios.

La modificación de esta normativa viene motivada por la necesidad de conjugar la eliminación de las plagas que afectan más intensamente a las comarcas meridionales del campo extremeño, mediante la posibilidad de quema de rastrojeras, incluida la Época de Peligro Alto de Incendios Forestales, estableciendo así dicha posibilidad de quema.

Por tanto, queda sujeta a autorización de la Consejería competente en materia de incendios forestales, excepcionalmente, en secano durante la Época de Peligro Bajo y en su caso Medio, ampliándose en zonas regables para la época de peligro Medio, Alto o Extremo, la quema de rastrojos por motivos fitosanitarios, previo informe del organismo competente en sanidad vegetal. Esta autorización está condicionada a las prescripciones que sean señaladas por el órgano competente en materia de incendios forestales para la realización de las quemas.

También excepcionalmente, se establece la posibilidad de quema de rastrojos de secano en la Época de Peligro Alto de Incendios, a partir del día 11 de septiembre, previo informe fitosanitario, en las Zonas del Plan INFOEX de Tentudía, La Serena y Badajoz-Centro, con excepción, dentro de ellas, de las Zonas de Alto Riesgo de Incendio Forestal. Fuente: Junta de Extremadura

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