El Tribunal de Justicia de Luxemburgo ha emitido una sentencia por la que dictamina que la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria(EFSA) tiene que divulgar estudios sobre el glifosato, ya que el público debe tener acceso a esa información.
Este dictamen tiene su origen en dos peticiones de estudios a la EFSA que realizaron varias personas (entre los que había eurodiputados) en los que se solicitaba estudios de toxicidad para determinar la ingesta diaria admisible (IDA) de glifosato y sobre carcinogenicidad de esta materia activa.

La EFSA denegó el acceso, alegando que la divulgación de esa información supondría un perjuicio serio para los intereses comerciales y financieros de las empresas que presentaron los informes de estudio; que no existía un interés público superior que justificase la divulgación y que ésta no era necesaria para verificar la evaluación científica de los riesgos realizada.
El Tribunal por el contrario, considera que el público debe tener acceso, por tanto, no solo a la información sobre las emisiones como tal, sino también a la relativa a las consecuencias a más o menos largo plazo de estas emisiones sobre el estado del medio ambiente, como los efectos de dichas emisiones sobre los organismos distintos de aquellos a los que va destinado el producto.
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