El gobierno catalán acaba de publicar la Orden ARP/154/2020, que aprueba la ayuda de minimis destinada a compensar las pérdidas económicas de las explotaciones vitícolas afectadas por la plaga de mildiu durante la campaña 2020/21.
Finalmente, el Departamento de Agricultura de Cataluña (DARP) ha optado por fijar el umbral para permitir el acceso a la ayuda a partir del 35% de descenso de producción, en vez de hacerlo a partir del 55%, como planteaba inicialmente.

No obstante, el grado de afectación influirá a la hora de priorizar las solicitudes de ayuda. En primer lugar están las explotaciones vitícolas que hayan experimentado un decrecimiento del rendimiento medio de la declaración de cosecha de 2020 igual o superior al 55% respecto a la de la campaña 2019-2020. En segundo lugar , las que tengan un porcentaje de entre un 45 y 55% y en tercer lugar, las de 35 a 45%.
El cálculo de la ayuda se hará teniendo en cuenta el valor de los costes medios de producción del cultivo de la vid que se han cifrado en 2.190,64€/ha, ponderando según el porcentaje de afectación de la plaga del mildiu que debe ser igual o superior al 35%, y multiplicando este resultado por la superficie total de la persona libradora de la cosecha del año 2020, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Cálculo ayuda = 2.190,64€/ha x% de afectación x superficie de la persona libradora 2020.
Al tratarse de ayudas de minimis, el total de ayudas de minimis concedidas a una persona beneficiaria no podrá exceder de 20.000 euros brutos durante el ejercicio fiscal en curso y los dos ejercicios fiscales anteriores.
Para consultar la orden, pinche aquí
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